martes, 30 de octubre de 2012

2.1. Concepto 2.2. Naturaleza Jurídica 2.3. Administración centralizada 2.4. Administración descentralizada 2.5. Servicio Público 2.6. Concesión Administrativa 2.7. Actividad contractual del Estado 2.8. Infracciones Administrativas

2.1. Concepto
2.2. Naturaleza Jurídica
2.3. Administración centralizada
2.4. Administración descentralizada
2.5. Servicio Público
2.6. Concesión Administrativa
2.7. Actividad contractual del Estado
2.8. Infracciones Administrativas



28 comentarios:

  1. Concepto
    La administración es:
    Un proceso necesario para alcanzar un objetivo o meta,por medio de una estructura que nos lleva a una acción efectiva,con la aplicación de adecuadas técnicas y actitudes humanas.

    Administración Publica

    Es aquella actividad que se encuentra escenificada por el Estado a través de una serie de dependencias y organismos que integran los sectores centralizado y paraestatal y que lleva como finalidad atender necesidades de interés social o colectivo,en un sentido general.

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    1. La Administración Pública según el Diccionario de la Real Academia Española es la acción del gobierno al dictar y aplicar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de las leyes y para conservación y fomento de los intereses públicos, y al resolver las reclamaciones a que dé lugar lo demandado.

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  2. Otra Definición:

    Es una entidad constituida por los diversos órganos del poder Ejecutivo Federal,que tiene por finalidad,realizar tareas sociales,permanentes y eficaces de interés general,que la constitución y las leyes administrativas señalan al Estado para dar satisfacción a las necesidades generales de una nación.

    Cabe mencionar que la administración dio inicio con la cameralistica,posteriormente en la revolución francesa,aparece una concepción legista
    Hay que decir que desde ese momento la Administración Publica se convirtió en la ejecutora de las leyes. o como dicen algunos el brazo ejecutor del gobierno.

    Fuente:Primer curso de derecho administrativo
    Autor:Narciso Sanchez Gomez

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    1. También su elementos son:
      • Función administrativa: la función administrativa lleva una comisaría, emite y ejecuta los actos administrativos. Según Cortiñas Pelaez es una respuesta de mecanismos de promoción y desarrollo, estos como propulsores de la felicidad tanto individual como colectiva, fundados en los principios sancionados en la constitución que articulan nuestro estado democrático y social de derecho. Por lo tanto la función administrativa es la manifestación de la voluntad general que mediante emisión de actos jurídicos y su ejecución mediante operaciones materiales tiende al cumplimiento de los cometidos del poder público impuestos a la admón., por la constitución y demás reglas subordinadas del ente jurídico. El titular es el ejecutivo.
      • Objetivo. Es decir, que la administración siempre está enfocada a lograr fines o resultados.
      • Eficacia. Consiste en lograr los objetivos satisfaciendo los requerimientos del producto o servicio en términos de cantidad y tiempo.
      • Eficiencia. Se refiere a "hacer las cosas bien". Es lograr los objetivos garantizando los recursos disponibles al mínimo costo y con la máxima calidad.
      • Grupo social. Para que la administración exista, es necesario que se dé siempre dentro de un grupo social.
      • Coordinación de recursos. Para administrar, se requiere combinar, sistematizar y analizar los diferentes recursos que intervienen en el logro de un fin común.
      • Productividad. Es la relación entre la cantidad de insumes necesarios para producir un determinado bien o servicio. Es la obtención de los máximos resultados con el mínimo de recursos, en términos de eficiencia y eficacia".

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    2. Lo que nos lleva a otra posible definición:
      Según José Roldán Xopa es el "Proceso cuyo objeto es la coordinación eficaz y eficiente de los recursos de un grupo social para lograr sus objetivos con la máxima productividad "

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  3. Centralización Administrativa

    Forma de organización adoptada legalmente por el poder ejecutivo,en la que predomina la subordinación jerarquizada,de todas las dependencias o unidades administrativas que lo integran.En torno a las decisiones que dicte la persona al centro de esta unidad,que lleva como fin atender necesidades colectivas.

    Conjunto de dependencias encadenadas bajo la dirección y decisión del titular del ejecutivo,que se encarga de dictar las mas importantes acciones de su autoridad.

    Elementos de la Centralización Administrativa
    1-La relación de jerarquía que enlaza a los órganos superiores con los inferiores.
    2-Los poderes de la relación jerárquica,se refieren al titular del órgano y a las funciones o actos de los mismos.
    3-La concentración de la fuerza publica en un numero muy reducido de órganos que tienen el mando.
    4-El presidente encabeza la forma de organización administrativa,concentra la máxima autoridad para tomar las decisiones mas relevantes de la misma.
    Primer curso de derecho administrativo
    Autor:Narciso Sanchez Gomez

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  4. Administración centralizada

    Definicion

    “Forma de organización adoptada legalmente por el Poder Ejecutivo,en la que predomina la subordinación jerarquizada de todas las dependencias que lo integran,en torno a las decisiones que dicte la persona al centro de esta unidad,que lleva como fin atender necesidades colectivas.”

    “Conjunto de dependencias encadenadas bajo la dirección y decisión del titular del ejecutivo,que se encarga de dictar las más importantes acciones de su autoridad.”

    Elementos de la centralización Administrativa
    1-La relación de jerarquía que enlaza a los órganos inferiores con los superiores.

    2-Los poderes de la relación jerárquica que se refieren al titular del órgano y a las funciones o actos de los mismos.

    3-La concentración de la fuerza pública en número muy reducido de órganos que tienen el mando.

    4-Se trata de una forma de organización administrativa del Poder Ejecutivo.

    5-El presidente encabeza la forma de organización administrativa,concentra la máxima autoridad para tomar las decisiones más relevantes de la misma.

    6-Esta presente la facultad discrecional del Presidente para nombrar libremente a sus colaboradores inmediatos.

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  5. Poderes De La Relación Jerárquica

    La jerarquía administrativa es el orden y grado que guardan entre sí,los diferentes órganos superiores y subordinados de la administración pública.
    Los poderes implican derechos y deberes entre los servidores públicos que conforman las dependencias de la centralización administrativa,es una relación bilateral entre los superiores jerárquicos con sus subordinados.

    -Poder de Nombramiento

    Es la facultad que tiene el titular del ejecutivo para designar a sus colaboradores inmediatos como lo son:el Secretario de Estado,Procurador General de la República.etc.



    -Poder de Desicion

    es ejecutar un acto jurídico o material,para producir efectos que crean,reconocen,modifican o extinguen derechos y obligaciones.
    Facultad que la ley o reglamento,confieren a un órgano de la administración Decidir pública para dar orientación y sentido a las actividades encomendadas al poder ejecutivo.

    -Poder de Mando

    Facultad que tienen los servidores públicos superiores para ordenar a los inferiores dentro de su jerarquía,para la realización de sus actividades encomendadas legalmente.

    -Poder de Revision

    Facultad que tienen las autoridades superiores para revisar los trabajos técnicos u operativos de sus subordinados.

    -Poder de Vigilancia

    Permite a la autoridad administrativa conocer,y orientar las actividades o tareas de sus subordinados,mediante inspecciones periódicas.

    -Poder Disciplinario

    consecuencia de los poderes de revisión y vigilancia,que está representado por las sanciones de orden administrativo que se imponen a los servidores públicos.

    -Poder para Resolver conflictos de Competencia

    se ejercita para solucionar las controversias y dudas que pueden surgir entre las autoridades que integran al sector centralizado federal.

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  6. Desconcentración Administrativa

    Es el otorgamiento de funciones específicas de un órgano superior centralizado o paraestatal a un órgano inferior ubicado dentro de la propia organización jerarquizada,para la más completa y eficaz realización de la administración pública.

    Es la forma jurídico-administrativa en la que la administración centralizada con organismos o dependencias propios,prestan servicios o desarrollan acciones en distintas regiones del país.


    Caracteristicas

    1-Es una forma de organización administrativa que se sitúa dentro de la centralización.

    2-La relación jerárquica se atenúa,pero no se elimina,el poder central se reserva amplias facultades de mando,de decisión,de vigilancia y competencia.

    3-Las dependencias que la integran no tienen personalidad jurídica.

    4-No se goza de autonomía económica

    5-La autonomía técnica es la justificación de la desconcentración

    6-El órgano desconcentrado tiene su régimen jurídico dentro de una ley,un decreto,acuerdo o régimen general de una secretaria de estado

    7-su competencia deriva de las facultades de la administración central.

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  7. Clasificación de la Desconcentración Administrativa

    En Sentido Estricto o Funcional
    Es la forma de organización administrativa en la cual se otorga al órgano desconcentrado,por medio de un acto materialmente legislativo(ley o reglamento)determinadas facultades de decisión y ejecución que le permitan actuar con mayor rapidez,eficacia y flexibilidad,así como tener un manejo autónomo de su patrimonio,sin dejar de existir el nexo de jerarquía.

    Desconcentración Vertical
    Consiste en delegar a órganos directamente dependientes y subordinados,determinadas facultades del órgano superior,en este caso el superior,delega las facultades que considere necesarias al inferior,para que este actúe con mayor eficacia y flexibilidad.

    Deconcentracion Regional
    Es una variable de la vertical,pero además de existir la delegación de facultades a los órganos inferiores,estos se distribuyen geográficamente dentro del territorio,un área superficial de este,que demande la acción regional.

    Desconcentración Horizontal
    Consiste en crear oficinas de igual rango entre si, que pueden tener facultades en una misma ciudad o en otras áreas geográficas.

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  8. Administración Descentralizada

    Forma jurídica en que se organiza la administración pública,mediante la creación de entes públicos por el legislador,dotados de personalidad jurídica y patrimonio propios y responsables de una actividad específica de interés público.

    Forma de organización administrativa adoptada por el ejecutivo y que tiene como finalidad atender actividades propias de la administración pública de carácter especializado,para hacerla más eficaz,pronta y ágil;para ese efecto cuenta con personalidad jurídica propia bajo un sistema normativo de derecho público.

    Bases constitucionales
    Artículo 28
    El Estado Contará con los organismos y empresas que requiera para el eficaz manejo de las áreas estratégicas...
    nos permite comprender que los organismos descentralizados deben ser instituidos para atender actividades fundamentales del desarrollo económico nacional comprendidas en las diversas áreas..
    Artículo 90
    Estatuye los 2 importantes sectores de la administración pública federal y paraestatal cuya organización y funcionamiento estará definido por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    Caracteristicas
    -Es una forma de organización adoptada por la administración pública

    -Se encarga de atender asuntos especializados de la misma administración pública y para ese efecto se debe escoger a los más capaces técnicamente hablando.

    -No esta sujeta al régimen de jerarquía central

    -Las funciones del organismo descentralizado se rigen por normas del derecho público.

    -El poder de nombramiento de su director,lo ejerce el titular del ejecutivo federal

    Características de Los Organismos Descentralizados

    1-Personalidad jurídica propia,son sujetos de derechos y obligaciones,porque tienen una existencia real jurídica que los distingue de los demás entes públicos.
    2-cuenta con un patrimonio propio,que le otorga el gobierno federal.
    3-Tienen un régimen jurídico propio representado por su ley orgánica ,reglamentaria o por un decreto.

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  9. Bibliografia
    Primer Curso de Derecho Administrativo
    Narciso Sánchez Gómez
    Editorial Porrua

    Derecho Administrativo
    Jose Roldan Xopa
    Editorial Oxford

    Derecho Administrativo
    Roberto Dromi
    Editorial Ciudad Argentina

    Teoría General Del Derecho Administrativo
    Miguel Acosta Romero
    Editorial Porrua

    Manual de Derecho Administrativo
    León Cortiñaz Peláez

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  10. CONCEPTUALIZACION DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

    La administración pública es el objeto de estudio de la disciplina denominada administración pública (la disciplina y su objeto de estudio coinciden en su denominación),esta última presenta sustanciales diferencias de especialización con otra disciplina que le es afín, la administración de empresas. Dichasdiferencias se explican en función de los entes hacia los cuales ellas se dirigen, entes cuya organización y cuyas actividades difieren en virtud de sus objetivos y de los sectores en que se desenvuelven. La sistemática a que responden sus planteamientos teóricos y prácticos, por ende, también es diferente. Ambas, sin embargo, guardan cierta unidad terminológica para referirse a aspectos que, de una u otra forma, les son comunes, de ahí que la una o la otra emplean expresiones, como organización, planeación, control, evaluación, selección de personal, dirección, etc.
    Por otra parte, es de hacer notar que los especialistas aún no se ponen de acuerdo de manera unánime en cuanto a si la administración es una ciencia o una técnica, por eso preferimos referirnos a ella con el término disciplina.



    "DERECHO ADMINISTRATIVO" PRIMER CURSO. RAFAEL I. MARTINEZ MORALES.

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  11. Es importante también, mencionar brevemente cuales son las relaciones y bases históricas que dan rienda al desarrollo de la administación. Sin embargo, la evolución histórica de la administración pública no es breve; breve puede ser la exposición que se haga acerca de su desarrollo a lo largo de la historia, pero eso queda librado al arbitrio del expositor y no por limitantes impuestas por la naturaleza misma del tema.
    Desde las más remotas sociedades aparece la administración, primero para regular la distribución de los escasos satisfactores que poseían los grupos humanos, y después con fines tributarios. Con el surgimiento y la expansión de los grandes imperios de la antigüedad, experimenta un salto cualitativoy cuantitativo, a efecto de adaptarse al manejo de las riquezas obtenidas mediante la guerra.
    Según Ornar Guerrero, los primeros escritos acerca de la administración pública los aporta la India entre los siglos a. de n. e. VIa N. A partir de entonces se puede reseñar, cosa que hace el autor citado, los estudios que siguieron a instituciones públicas, encargadas de las funciones o actividades administrativas
    de las sociedades políticamente estructuradas y siempre cambiantes.
    Así, los entes de la administración existen, se modifican, se adaptan al apogeo de la Roma imperial. Este mismo proceso de cambio y adaptación se repite en la alta Edad Media, con la baja Edad Media, en el surgimiento del
    estado moderno (siglo XV), yen el nuevo régimen surgido a raíz de la Revolución
    francesa (1789).
    Por lo que hace a los estudiosos de la materia, son de mencionarse: Turgot
    (siglo XVIII), Bonnin (n. 1772), Tocqueville (fines del siglo XVIII), Carlos Von Stein (1757-1831), Üliván (siglo XIX), Posada de Herrera (siglo XIX), Otto Mayer (a fines del XIX), Luis de la Rosa y Francisco Bulnes en México (siglo XIX) y los contemporáneos Max Weber y Morstein Marx.


    "DERECHO ADMINISTRATIVO" PRIMER CURSO. RAFAEL I. MARTINEZ MORALES.

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  13. ORIGENES DE LA DESCENTRALIZACION ADMINISTRATIVA.

    Para abordar este tópico,es conveniente mencionar que la descentralizacion llega a confundirse, incorrectamente, con la desconcentracién, a tal punto que se usan como sinónimos; también, se emplea indebidamente como equivalente de delegación de facultades y de reubicación física de instalaciones gubernamentales.
    En derecho administrativo, insistimos, la expresión descentralización está reservada para significar a determinados organismos del poder ejecutivo, con el cual guardan una relación indirecta.
    En la actualidad, la descentralización mexicana equivale a lo que la ley denomina administración pública paraestatal; ésta comprende organismos descentralizados en sentido estricto entes autónomos empresas de participación estatal y fideicomisos públicos, los cuales presentan una serie de variantes segun su orden.
    La descentralización administrativa es una forma de organización de entes que pertenecen al poder ejecutivo, y los cuales están dotados de su propia personalidadjurídica y de autonomía jerárquica para efectuar tareas administrativas.
    En la creación de esos órganos, el estado puede recurrir a figuras del derecho público o del derecho privado. Según las leyes mexicanas, en el primer caso estaremos frente a organismos descentralizados o autónomos, y en el segundo,
    ante empresas de participación estatal y fideicomisos públicos (en el concepto de empresas de participación estatal se incluye a las sociedades mercantiles, cooperativas y civiles, asociaciones civiles, sociedades nacionales de crédito, aseguradoras y afianzadoras nacionales, organizaciones nacionales auxiliares del crédito, en todas las cuales participa el estado).
    Los organismos descentralizados están regulados, de manera específica, por la ley o el decreto que los creó. En ese instrumento jurídico, se expresa que son personas morales, y se especifican su patrimonio, sus órganos de gobierno, su objeto y, en ocasiones, las formas en que el estado supervisará su funcionamiento
    y, además, la autorización para que expidan su reglamentación interna cuando sea el caso.
    Como ejemplo de regulación jurídica específica de órganos descentralizados podemos citar los siguientes ordenamientos.
    La Ley del Instituto del Fondo de la Vivienda para los Trabajadores, la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.
    La mayoría de los entes descentralizados han sido creados por decreto presidencial, siguiendo una práctica de dudosa constitucionalidad (Pronósticos
    para la Asistencia Pública, el Sistema de Transporte Colectivo, Servicio Postal Mexicano, etcétera).


    fuente: "DERECHO ADMINISTRATIVO" PRIMERO Y SEGUNDO CURSO.

    autor: RAFAEL I. MARTINEZ MORALES.

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  14. INTRODUCCION A LA TEORíA GENERAL DE LA CONCESIÓN.

    Dada la enorme cantidad de tareas que el estado tiene atribuidas para lograr
    sus fines, no podría cumplirlas de manera directa; por ello existe la posibilidad
    de encomendarle a los particulares la prestación de determinados servicios o
    permitirles el uso de bienes públicos, cuando se interesen en ello y cuenten con
    las cualidades idóneas para hacerlo.
    El gobernado se halla interesado en esas labores por el significado
    económico que le puede representar o por la utilidad que implica el uso de
    cierto bien, y en virtud de que el poder público no puede abarcar toda la
    actividad de ese tipo de forma directa, surge la concesión como figura jurídica
    que le permite al particular desempeñar actividades que son propias del
    estado, en cuanto que persiguen la satisfacción de necesidades generales. En el
    caso de la concesión de bienes, se pretende alcanzar de manera indirecta el
    interés general.
    Envirtud de la importancia que esta institución posee, así como del interés que
    provoca a los tratadistas, se podría citar una amplia gama de definiciones o
    conceptos de concesión, que variaría según la visión o la naturalezajurídica con
    la que se le considere, pero con la mira de ser concretos nos limitaremos a
    exponer un par de opiniones.
    Según Otto Mayer la concesión es:
    "Acto administrativo de determinado contenido. Este contenido debe consistir en que
    por él se dé al súbdito un poder jurídico sobre una manifestación de la administración
    pública".

    fuente: "DERECHO ADMINISTRATIVO" PRIMERO Y SEGUNDO CURSO.

    autor: RAFAEL I. MARTINEZ MORALES.

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  15. LA NATURALEZA JURIDICA DE LA CONCESION.

    Hoy se sigue controvirtiendo la naturaleza jurídica de la concesión. De las
    teorías expuestas sobre este particular. las más representativas son:

    a) Contrato de derecho privado. Se presupone un acuerdo de voluntades
    entre el estado y el particular concesionario; por tanto. estamos en presencia
    de un contrato puro y simple, regido por normas del derecho privado.
    Obviamente, por el desarrollo del derecho administrativo, esta tesis está
    prácticamente abandonada, aunque conserva algunos seguidores;

    b) Contrato administrativo. Esta es una corriente mayoritaria dentro de
    la doctrina; dicha corriente sostiene que la concesión es un contrato, pero
    en el cual se hace valer una posición privilegiada de la administración
    pública frente al particular.
    Esta doctrina no logra explicar la gran discrecionalidad que tiene la autoridad para decidir las condiciones y al titular de la concesión; como tampoco explica la especial naturaleza del
    objeto de la propia concesión (bienes estatales o servicios públicos);

    c) Acto unilateral, Esta teoría, expuesta por el citado Otto Mayer, sostiene
    que la concesión es un típico acto administrativo unilateral. Para efectos
    del presente tema, seguimos esta idea, y

    d) Acto mixto o complejo, Aquí se sostiene que la concesión comparte
    elementos tanto del'acto administrativo unilateral, como del contrato. La
    inconsistencia de esta teoría radica en que una persona, física o moral, no
    se puede colocar en dos posiciones, una de derecho público y otra de derecho
    privado, dentro de un mismo acto.

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  18. INAP
    JOSE CASTELAZO PRESIDENTE DEL INAP(INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA)

    INAP OPINA: DESCENTRALIZACION DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.

    http://www.youtube.com/watch?v=rzhWf9koEJg&feature=related

    Video que plantea la situacion de la descentralizacion en la administracion publica problematica.

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  19. muy de acuerdo con esa aportacion brandon, sin duda podemos destacar tambien que la centralización implica concentrar el poder y ejercerlo por medio de la llamada relación jerárquica. Ese enlace de órganos y sus titulares con el jefe del gobierno sigue una escala piramidal, casi de tipo militar, que permite una línea decisoria unificada, y en eso radica la primordial ventaja de esta forma de organización administrativa.
    Además, es por esa vía como la voluntad del órgano superior se impulsa hasta llegar al que le ha exteriorizar o ejecutar.
    digo algo recatable para tener en cuenta

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  20. A mi parecer, hablar de Administración Pública y poder leer un poco de Omar Guerrero es bastante amplio y muy bien detallado. Además de ser un gran investigador en los temas de Administración Pública, fue estudiante de Ciencias Políticas y Administración Pública en la UNAM, lo cual, a mi parecer, lleva un poco de esa identificación con nosotros. Menciona lo siguiente:

    La administración pública mexicana, como organización burocrática, es decir, como entidad caracterizada por la jerarquización y la especialización funcional, tiene su origen remoto en 1821, año en el que México independiente se da su primera forma institucionalizada de estructuración administrativa. Su antecedente próximo, sin embargo, consiste en la organización administrativa instituida durante el porfiriato hacia 1891.
    Hacia 1958 la administración pública ha llegado a un punto muy elevado de diferenciación y especialización; lleva consigo, como en 1946 el sello de la centralización. Lo mismo que en 1946 y en años siguientes, el Estado se compromete cada vez más con los intereses de las clases dominantes; pero, también como en 1946, la satisfacción ampliada de los intereses de las clases dominantes aumenta el tamaño de la administración pública, en la medida en que tal satisfacción requiere un creciente y burocratizada organización administrativa.

    La Administración Pública en México después de la década de los setentas.
    Omar Guerrero. Octubre 1979

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  21. Hablando de las TIC´s y con lo que mencioné con anterioridad, les dejó aqui el link de una nota en el diario LaNacion.com la cual hace referencia más detallada sobre lo que mencioné acerca de las TIC´s incorporadas en los videojuegos, etc.
    Mi experiencia con esa herramienta ha sido benéfica no solo en cuestión de entretenimiento, sino en la enseñanza, aprendizaje y práctica en el idioma inglés en una serie de videojuegos que he jugado durante mi vida y que podria recomendarlos no por el contenido sino que si estas estudiando inglés y quieres practicarlo de manera divertida, interesante y para nada cuadrada, recomiendo que intenten, como yo, esa opcion ;)

    Este es el Link de la nota:
    http://www.lanacion.com.ar/1357018-los-videojuegos-tambien-una-fuente-de-aprendizaje?utm_source=newsletter&utm_medium=titulares&utm_campaign=NLCult

    Espero aportar una nueva idea y forma de ver las TIC´s como una nueva e innovadora fuente de aprendizaje!

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  22. https://docs.google.com/document/d/14PeSJ8dHUS5z0Q1tSa5upTXftZvUEnaFmibyRr4jo2c/edit documento de google docs para leer y comentar...

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  23. https://docs.google.com/presentation/d/1IABbCDnU6wwLr_DME8cn_B5X4oiKmNMizixQknOqysE/edit#slide=id.p
    documento de diapositivas en google docs...para consulta...

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  24. http://fce.ufm.edu/catedraticos/jhcole/referencias.htm tutorial para hacer un pie de página

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  25. las tics en la administracion publica en la organizacion de la administracion publica pueden ser muy utiles para lo que corresponde a burocarafia y agilizacion de tramites en cuanto derecho administrativo podrian realizarce gestiones a travez de las tics
    agregue informacion correspondiente a caracteristicas de los organismos desconcentrados e informacion de compleentacion al tema.
    https://docs.google.com/document/d/14PeSJ8dHUS5z0Q1tSa5upTXftZvUEnaFmibyRr4jo2c/edit

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